Con el objeto de promover la movilidad internacional de los alumnos de la Universidad de Burgos, se establece este programa para estudiantes que deseen realizar una estancia de estudios en una Universidad extranjera fuera de las convocatorias de movilidad internacional de la UBU.
El estudiante podrá elegir cualquier Universidad extranjera fuera del espacio Erasmus con la que la UBU no tenga suscrito un acuerdo de movilidad internacional, o bien cualquier Universidad europea (incluidas aquellas con las que la UBU tiene acuerdo Erasmus). En este caso en la carta de admisión debe constar expresamente que dicha movilidad se produce fuera del convenio Erasmus suscrito con la UBU.
Se considerará estudiantes en programa de libre movilidad internacional a aquellos estudiantes matriculados en estudios oficiales de la UBU que realicen una estancia académica temporal en una Universidad extranjera con reconocimiento académico fuera de los programas de movilidad internacional gestionados por la UBU. Este tipo de movilidad exime a la UBU de la obligación de mantener un convenio bilateral de movilidad con la institución de destino ni de acordar financiación alguna.
El Vicerrectorado de Internacionalización y Cooperación dictará resolución en el plazo de dos meses a contar desde la presentación de la solicitud. La resolución se publicará en el tablón de anuncios oficial de la Universidad y se notificará personalmente al interesado. La movilidad podrá ser denegada por el Vicerrectorado si no queda garantizado un programa de estudios adecuado y acorde a los créditos que fueran objeto de reconocimiento. La resolución, que deberá ser motivada, indicará expresamente los recursos que los interesados puedan interponer contra la misma así como el plazo de impugnación. La falta de resolución expresa en el plazo establecido implicará la desestimación de la solicitud. Aprobada la libre movilidad, el Servicio de Relaciones Internacionales registrará al estudiante como «Estudiante de Libre Movilidad Internacional» y tramitará su expediente.
El estudiante deberá:
– Realizar todos los trámites relativos a su admisión y cumplir cualquier plazo o requisito para dicha admisión.
– Formalizar un contrato de estudios definitivo que deberá contar con el visto bueno del Coordinador de programas internacionales del Centro o Titulación del solicitante y del Coordinador de la titulación (grado/máster/doctorado). Si este contrato difiere sustancialmente del proyecto que se presentó junto a la solicitud, podría denegarse el reconocimiento académico. El contrato de estudios debe contemplar un mínimo de 12 créditos y, con carácter general, un máximo de 30 créditos por semestre. El contrato debe depositarse en la Secretaría del Centro.
– Matricularse en estudios oficiales de la UBU de todos los créditos que vayan a ser reconocidos.
– Contar con un seguro médico de asistencia sanitaria y accidentes que incluya repatriación y que cubra todo el período de estancia y dejar una copia del mismo en la Oficina de RRII.
– Entregar o enviar a la Oficina de RRII: Un certificado de llegada a la Universidad de destino firmado y sellado.
– A su regreso: Entregar en la Oficina de Relaciones Internacionales un certificado original de final de estancia (firmado y sellado) y el informe del estudiante de la UBU.
– Entregar en la Secretaría del Centro los certificados académicos originales para poder realizar el reconocimiento académico.
Cómo solicitar
- Plazo
- Desde 07/11/2016 hasta 30/06/2017
- Fecha de convocatoria
- 07/11/2016
- Información del convocante
- Universidad de Burgos
- Email de contacto
- info@ubu.es
- Teléfono
- +34 947 258700